Indica el decreto además que durante los cuatro años la planificación podrá ser objeto de revisión si se producen cambios sustanciales en las circunstancias socioeconómicas que se han tenido en cuenta para su adopción. En tal caso, deberá elaborarse un estudio donde se recojan las nuevas circunstancias que será dictaminado por la Comisión de Juegos de Castilla-La Mancha.
En el caso de las máquinas de juego del tipo B, excluyendo de esta planificación aquellas máquinas de juego de tipo B que, por la cuantía de los premios o por su especial denominación, su instalación se reduce exclusivamente a establecimientos específicos de juego, se establece un cupo fijo de 100 autorizaciones de explotación para cada año, cuyo plazo de solicitud sería en los primeros 15 días de cada trimestre natural hasta agotar el referido cupo.