El IGC establece una tasa de revisión de precios consistente con la recuperación de competitividad frente a la zona euro.
Dicha tasa es igual a la del Índice de Precios al Consumo Armonizado (IPCA) de la Unión Económica y Monetaria (UEM) menos una parte de la pérdida de competitividad acumulada por España desde 1999.
Cuando la tasa de variación de este índice se sitúa por debajo del 0%, se toma este valor como referencia, lo que equivale a la aplicación de la regla de no revisión.
Cuando la tasa de variación de este índice supere el objetivo a medio plazo de inflación anual del Banco Central Europeo (2%), se toma este valor como referencia. De esta forma, se asegura que los contratos a los que se aplique este nuevo índice contribuyen a garantizar el mantenimiento de la competitividad de la economía en el medio plazo.
El IGC arrancó 2023 en el 6,42% y a lo largo del año se fue moderando, hasta bajar del 1% el pasado mes de octubre. En noviembre alcanzó su mínimo del año, un 0,10%, aunque en diciembre recuperó algo de terreno al avanzar hasta el 0,72%.