Según ha especificado la entidad en un comunicado, estas ayudas se determinarán en función de los gastos ya incurridos a 28 de octubre de 2024, que sean elegibles y no recuperables, cuando las empresas cancelen su asistencia a dichos eventos.
Así se establece en el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la DANA, que habilita al organismo, adscrito al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, a adoptar medidas en favor de las empresas afectadas por los sucesos meteorológicos ocurridos entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre.
A estos efectos se considera que son empresas afectadas por la DANA todas aquéllas con sede social o fiscal en el listado de municipios incluidos en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre.