El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha establecido un sistema reforzado de seguimiento y control del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 que obliga a las comunidades autónomas a remitir información económica y de gestión de forma mensual y a comunicar de manera inmediata cada cambio relevante en la tramitación de las ayudas, incluidos los pagos a los beneficiarios.
La orden ministerial, publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), desarrolla los mecanismos de seguimiento, control y evaluación previstos en el Plan Estatal y establece un sistema informático común para todas las administraciones autonómicas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
El objetivo es comprobar el grado de cumplimiento de los objetivos del plan y garantizar el adecuado uso de los fondos públicos destinados a sus tres grandes líneas de actuación: el incremento de la oferta de vivienda social y asequible; la rehabilitación, accesibilidad y renovación urbana y rural, y las medidas dirigidas a reducir el esfuerzo para el pago de la vivienda e impulsar la emancipación juvenil.
Un reporte mensual obligatorio
Las comunidades autónomas deberán realizar un envío completo de los indicadores correspondientes a cada mes dentro de los cinco primeros días naturales del mes siguiente. A este reporte periódico se sumará una comunicación inmediata cada vez que se produzca un cambio relevante en la gestión o en las finanzas de una ayuda.
Entre los acontecimientos que deberán comunicarse figuran las concesiones y modificaciones de ayudas, las revocaciones, los pagos a beneficiarios, las variaciones en las actuaciones financiadas y el cumplimiento de los distintos hitos establecidos.
La transmisión de la información se realizará de forma automatizada, de "máquina a máquina", a través de la Red SARA y conforme a los estándares nacionales de interoperabilidad y seguridad. El sistema generará un acuse de recibo telemático después de cada envío, con la validación técnica y los posibles avisos o rechazos detectados.
El Ministerio contempla un periodo transitorio hasta el 1 de junio de 2027 durante el que podrá proporcionar herramientas alternativas a las comunidades que tengan dificultades técnicas para integrar sus sistemas informáticos. Esta posibilidad, no obstante, no modificará los plazos ni los contenidos que deben remitirse.
Informes trimestrales y evaluación anual
Además de los envíos mensuales y por eventos, las comunidades autónomas deberán elaborar informes trimestrales de avance antes de que termine el mes siguiente al periodo evaluado.
Estos documentos tendrán que recoger la evolución acumulada de cada línea de ayudas, el grado de cumplimiento de los objetivos y las posibles desviaciones respecto a las metas previstas, junto con las medidas correctoras que se hayan adoptado.
El control se completará con un informe anual de evaluación que deberá presentarse antes del 31 de enero de cada año. Este documento incluirá el balance de los indicadores del ejercicio, las previsiones para el año siguiente y un detalle de las auditorías y controles realizados sobre las subvenciones.
En este último apartado deberán identificarse las irregularidades detectadas y las medidas correctoras aplicadas, tanto en los controles realizados por las consejerías y las intervenciones generales autonómicas como por los órganos externos de fiscalización.
Control sobre las viviendas protegidas
La nueva regulación incorpora también mecanismos específicos para garantizar que las viviendas financiadas mantienen las condiciones de protección establecidas.
Los órganos gestores autonómicos deberán emitir certificaciones específicas para cada actuación financiada. Estas certificaciones servirán para acreditar, cuando así lo establezca la normativa, la permanencia indefinida del régimen de protección de las viviendas sin posibilidad de descalificación.
Asimismo, deberán garantizar que la adjudicación de las viviendas se realiza mediante los registros públicos de demandantes o mediante procedimientos objetivos y transparentes.
El sistema de seguimiento recogerá un amplio conjunto de indicadores. Entre ellos figuran datos sobre las diferentes fases de las obras, desde su inicio hasta la finalización, el empleo de fórmulas de construcción industrializada y los sobrecostes en zonas declaradas tensionadas.
También se incorporarán datos desagregados de los beneficiarios de las ayudas, incluyendo edad, sexo, nivel de ingresos y situaciones de especial vulnerabilidad en los programas de alquiler o adquisición de vivienda.
La Dirección General de Planificación y Evaluación podrá publicar además datos agregados sobre la ejecución del Plan Estatal para reforzar la transparencia y la rendición de cuentas ante la ciudadanía. La información servirá igualmente de base para el trabajo del Consejo Asesor de Vivienda.