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Las ayudas a programas para recualificación y reciclaje profesional podrán solicitarse en 15 días desde este martes
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Las ayudas a programas para recualificación y reciclaje profesional podrán solicitarse en 15 días desde este martes

Por EP
lunes 18 de octubre de 2021, 10:00h
Las subvenciones para la realización de programas para la recualificación y el reciclaje profesional, para el ejercicio 2021, podrán solicitarse en 15 a partir de este martes, según consta en la resolución de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo.
Según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y recoge Europa Press, podrán ser beneficiarias de las subvenciones entidades locales de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas Entidades Locales.

Asimismo, podrán serlo los órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, los consorcios con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y las sociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma.

El crédito destinado a la financiación de la presente convocatoria asciende a 11.732.102,40 de euros, del Fondo 60 finalista de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, que se imputarán a las partidas presupuestarias del presupuesto de gastos de los ejercicios 2021 y 2022 de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo Quinto.

Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, la documentación a aportar podrá ser digitalizada y presentada junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.

No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado.

Las subvenciones se abonarán de forma anticipada en los siguientes términos: Con la emisión de la resolución, las entidades beneficiarias podrán solicitar un pago por importe del 85 por ciento del importe concedido, mediante la aportación del anexo V. El 15 por ciento restante del importe concedido se hará efectivo una vez finalizada y justificada la actividad formativa subvencionada.
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