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LEY DE CARRETERAS, UNA NORMA IMPLACABLE POCO APLICADA
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LEY DE CARRETERAS, UNA NORMA IMPLACABLE POCO APLICADA

miércoles 17 de febrero de 2016, 18:35h

Casi acaba con la botella de Tío Pepe y a punto estuvo de exterminar al toro de Osborne. Borrell era implacable. Eran otros tiempos. El toro se salvó por el indulto del Tribunal Supremo y la botella corrió una suerte dispar. Todo por una novedosa y ambiciosa ley de carreteras de 1.988 que prohibía la publicidad en las carreteras para evitar la distracción de los conductores y los consiguientes accidentes y víctimas.

Veintisiete años después, a finales de 2015 se aprobó una nueva ley, (la 37/2015) en cuyo artículo 37 se prohíbe “realizar publicidad en cualquier lugar que sea visible desde las calzadas de la carretera, y en general cualquier anuncio que pueda captar la atención de los conductores que circulan por la misma”.

A pesar de esta reafirmación de una prohibición que data de 1988, y de las altas sanciones previstas por su incumplimiento el deber de vigilancia se ha relajado. Cientos de vallas se extienden a lo largo de los márgenes de las carreteras de nuestra Comunidad, sin que tenga efecto disuasorio el elevado régimen sancionador por el incumplimiento de esta norma.

Las empresas de publicidad exterior hacen su agosto en detrimento de otros soportes y medios publicitarios. El bajo mantenimiento de las estructuras y los elevados precios han permitido a estas empresas sobrevivir a la crisis a pesar de la reducción en inversión presupuestaria. Desde el punto de vista sancionador, la lucha para disminuir el número de víctimas en nuestras vías, se ha centrado en el conductor y en el vehículo, no en las carreteras. Además, la ley abría una puerta a la trampa, al excluir su aplicación en los tramos urbanos.

Contempla sanciones de hasta 200.000 euros por levantar vallas publicitarias en las proximidades de las vías

La Dirección General de Tráfico hace campañas de comunicación para evitar las distracciones de los conductores. Mientras el Ministerio de Fomento responsable de las carreteras parece haber olvidado la ley y el reglamento, en los que se estipulan unas multas mínimas de 9.796,51euros que pueden llegar a ser de hasta 198.333,99 euros “según el riesgo creado a los usuarios de las carreteras, la dimensión de la instalación, la distancia a la calzada y la reincidencia del responsable”. Y además, responsabiliza de la infracción solidariamente a la empresa titular de la valla, al anunciante y al dueño del terreno donde se levante.

Los 13 toros de Osborne que sobrevivieron en Castilla-La Mancha a la Ley de carreteras son el testimonio de un país en el que, como señalan los juristas, “se hacen muchas leyes y se aplican pocas”.

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