Estas ayudas cubren actuaciones realizadas en el marco de los Programas Nacionales de Erradicación y Vigilancia de la tuberculosis, ascendiendo el importe unitario a 1,60 euros por animal correctamente diagnosticado, siempre que se haya efectuado dentro del plazo establecido, y se hayan entregado las hojas de campo en el laboratorio en los 7 días naturales siguientes a la lectura, cuando los resultados sean negativos y dentro de los dos días hábiles posteriores a la lectura en el caso de resultados positivos.
De igual modo abarca la brucelosis ovina y caprina, siendo el importe unitario de 0,70 euros por muestra, siempre que hayan sido tomadas dentro del plazo establecido en la presente resolución, enviadas al laboratorio en los 7 días naturales siguientes a la toma de muestras y sean aptas para su análisis de acuerdo al manual de calidad del laboratorio.
Contempla también ayudas para el Programa Nacional de Vigilancia, Control y Erradicación de Salmonelosis (salmonela zoonótica), el importe unitario será el valor por dosis justificado mediante factura hasta un máximo de 0,04 euros/dosis ó 0,08 euros/dosis en caso de vacunas bivalentes.
En el caso del programa de vacunación obligatoria frente a lengua azul, el valor por dosis justificado mediante factura hasta un máximo de 0,80 euros/dosis para el serotipo 4 de bovino y 0,40 euros/dosis para el serotipo 4 de ovino.
Por último, en el caso de los Programas Nacionales de Vigilancia, Control y erradicación de la Encefalopatía Espongiforme bovina y la tembladera (Scrapie), los importes unitarios serán de nueve euros para la encefalopatía espongiforme bovina y de siete para la tembladera (Scrapie).
El crédito de estas ayudas, que se financian con fondos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, asciende a 1.500.000 euros.