Podrán beneficiarse de estas ayudas los agricultores activos, personas físicas, que a su vez ostenten la condición de ser Agricultor a Título Principal (ATP). Para el caso de jóvenes agricultores incorporados a la actividad agraria en los 24 meses anteriores a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes de ayuda reguladas en la Orden de bases por medio de la submedida 6.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, se excepcionará el requisito de la renta agraria para la consideración de ATP. Será justificado con el Alta censal de la Agencia Tributaria y Alta en el régimen correspondiente en la Seguridad Social, con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
De igual modo, pueden acceder a estas prestaciones las sociedades agrarias de transformación (SAT), cooperativas agrarias o explotaciones de titularidad compartida, titulares de una explotación agraria calificada de prioritaria, que se comprometan a desarrollar sus actividades agrarias conforme a la normativa europea.
Las ayudas de esta convocatoria, cuyo importe se fija en 105 euros por hectárea, serán cofinanciadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, el Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y la Unión Europea a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).
El crédito para esta convocatoria de ayudas en la anualidad 2025 asciende a 6.700.000 de euros.
Las solicitudes de las ayudas contempladas en esta resolución de convocatoria se presentarán de conformidad con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establece la solicitud única de las ayudas de la Política Agrícola Común en Castilla-La Mancha para el año 2024, su forma y plazo de presentación.