Así, las condiciones indican que la mezcla se mantendrá entre tres y seis meses en fase de compostaje, la lana se incorporará en capa horizontal sobre el estiércol, siendo esa capa de un grosor no mayor de 40 centímetros y cubriéndose a continuación con estiércol, la incorporación anual no superará el 10 por ciento del volumen total de estiércol y su aplicación en tierra solo podrá darse dentro del territorio de Castilla-La Mancha. La aplicación de esta enmienda estará sujeta a lo establecido en el Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios.
La resolución también recoge que en caso de brote de enfermedad o de cualquier otra circunstancia que incida en la sanidad animal, este uso alternativo quedará prohibido mediante la correspondiente resolución al efecto.
Con esta resolución, se da respuesta al problema ocasionado en las últimas campañas en toda Europa por la falta de compradores interesados en la lana producida por sus rebaños, lo que ha provocado un acúmulo de vellones en muchas ganaderías, tanto en Castilla-La Mancha como en España, con el consiguiente problema de espacio, además de las consecuencias económicas derivadas de la búsqueda de la eliminación que se le da a este subproducto.
El principal beneficio de esta normativa es que, al mezclar la lana con el estiércol, ésta deja de ser un residuo que antes no se podía utilizar como abono y ahora sí, una vez mezclada tal como indica la resolución, lo que hace posible que los ganaderos la puedan utilizar para uso propio o venderla para ser usada como fertilizante para la agricultura.