Así consta en la resolución que publica en su edición de este miércoles el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y recoge Europa Press, en la que se indica que entre sus funciones está la de identificar, recoger y priorizar las necesidades tecnológicas del conjunto del Sescam, atendiendo a criterios de urgencia, impacto y viabilidad técnica/ económica, y formular propuestas de mejora, modernización e implantación de herramientas, infraestructuras y procesos digitales que mejoren el funcionamiento interno del Sescam.
También tendrá que elaborar directrices, instrucciones y recomendaciones dirigidas a garantizar el uso homogéneo y eficaz de las tecnologías de la información en todas las Gerencias del Sescam, y asesorar a los órganos directivos en decisiones estratégicas sobre planificación digital, contratación de soluciones tecnológicas o inversiones en sistemas de información.
Realizar el seguimiento de los principales proyectos tecnológicos, detectando desviaciones, riesgos o necesidades de ajuste o proponer iniciativas de formación interna orientadas a la mejora de la competencia digital del personal, serán otras de sus funciones.
Dicha comisión, que podrá solicitar la colaboración y asesoramiento de profesionales expertos/as cuando lo considere necesario, está formada por un presidente/a, que será la persona titular de la Dirección-Gerencia del Sescam, o persona en quién delegue; un secretario/a, funcionario/a designado por la presidencia, y una persona representante de la Dirección General del Sescam con competencias en materia de asistencia sanitaria, otra con competencias en materia de cuidados y calidad y otra en materia de recursos humanos.
También formarán parte de ella una persona representante de la Dirección General de Salud Digital de la Agencia de Transformación Digital de Castilla-La Mancha y una persona representante de la Secretaría General del Sescam.
Aunque las personas que asistan a las reuniones de la Comisión no serán retribuidas por el ejercicio de sus funciones, sí tendrán derecho a ser indemnizadas por los gastos ocasionados con motivo de la asistencia de forma presencial a las reuniones.