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Los administradores concursales critican que la nueva legislación no exonere de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social

Los administradores concursales critican que la nueva legislación no exonere de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social

miércoles 02 de marzo de 2022, 10:49h

A pesar de que en la Directiva que debe transponerse a la legislación española se habla de "plena exoneración de deudas", el proyecto de Ley Concursal del gobierno hace un planteamiento diferente, excluyendo la exoneración del crédito público, salvo en determinados supuestos. Esta es la principal denuncia realizada por la Asociación Profesional de Administradores Concursales (Aspac).

Esta asociación ha denunciado que el proyecto de Ley Concursal es "insuficiente y no cumple" con su misión de transponer la Directiva europea al ordenamiento jurídico español. Durante las últimas semanas Aspac se ha reunido con distintos grupos parlamentarios para trasladarles la necesidad de que "escuchen" sus propuestas para mejorar el texto actual del proyecto.

Aspac expone que, según la Directiva europea, la exoneración de deudas supone una herramienta fundamental para la viabilidad de empresas con situaciones económicas delicadas.

"Excluir de la suspensión todos los créditos públicos puede comprometer en muchos casos la reestructuración y puede condenar a los deudores a la liquidación aun resultando viables, minorando de forma importante la eficiencia del proceso", avisa.

El proyecto de Ley propone la creación de la figura del experto en reestructuraciones, lo que, según avisan los administradores concursales, "se expone en la reforma de manera indeterminada, generando confusión sobre los expertos que pueden desempeñar esta función, cuando la Directiva sí indica claramente que esta es una tarea de la Administración Concursal".

La asociación subraya que, tal y como está redactado el texto actual, los letrados de la Administración de Justicia se verían expuestos a una gran carga de trabajo, pues se les asignan responsabilidades que podría asumir la Administración Concursal, evitando así una saturación que prolongaría los procesos de forma innecesaria.

Al mismo tiempo, advierte de que las medidas propuestas en el proyecto limitarían la retribución de los administradores "sin tener en cuenta las características concretas de cada caso y las tareas desarrolladas que, en muchas ocasiones, superan a las previamente establecidas".

Aspac subraya además que uno de los puntos más polémicos del proyecto de Ley Concursal es el denominado como "Procedimiento especial para microempresas" que, por la delimitación que establece, sería aplicable al 90% de las empresas que se declaran en concurso de acreedores.

Desde la asociación proponen cambiar los límites de un volumen de negocio anual inferior a dos millones de euros a 700.000 euros y de un pasivo inferior a dos millones de euros a 350.000 de euros. "Esta forma es la única de garantizar que el procedimiento sea aplicado en casos especiales a verdaderas microempresas y proporcionar seguridad jurídica", afirman.

Los administradores concursales también han manifestado la necesidad de suprimir la disposición por la que se crearía una plataforma pública de liquidación de bienes, pues entienden que con ello "se estaría incidiendo en la libre competencia y perjudicando a las entidades especializadas".

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