Así consta en la orden de dicha consejería, que publica en su edición de este martes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, en la que se indica que el expediente se sometió a información pública, sin haberse recibido alegaciones, y contó con informe favorable de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Guadalajara, en su reunión del pasado 30 de abril.
El proyecto deberá ejecutarse de conformidad con la solicitud presentada, en especial en lo relativo a los plazos, al volumen de inversión y al empleo, y cumplir con las obligaciones derivadas de las autorizaciones sectoriales y demás procedimientos administrativos que le sean de aplicación.
El promotor queda obligado a realizar las inversiones y cumplir todas las condiciones establecidas en un plazo máximo de tres años, desde que la empresa cuente con las autorizaciones y licencias necesarias para iniciar la ejecución del proyecto.
La calificación urbanística queda condicionada en su eficacia al cumplimiento de los condicionantes que se recojan en la Declaración de Impacto Ambiental; al cumplimiento de los condicionantes/advertencias que se recogen en el informe técnico municipal y al cumplimiento de los condicionantes de los Informes del Servicio de Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes en Guadalajara.
De igual modo, el proyecto ha de cumplir los condicionantes del Informe del Servicio de Infraestructuras Provinciales de la Diputación; los condicionantes del Informe del Servicio de Agricultura y Ganadería de la Delegación Provincial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y del Informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
La obtención de la autorización indicada, en relación con la afección de la vía verde del antiguo FFCC, y de la autorización indicada, en relación con la afección de la acequia y los caminos de titularidad municipal, también condicionan la calificación urbanística.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.