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La Cámara de Cuentas de CLM establece su nuevo sistema de integridad, código ético y sistema interno de información
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La Cámara de Cuentas de CLM establece su nuevo sistema de integridad, código ético y sistema interno de información

Por EP
viernes 29 de diciembre de 2023, 10:05h
La Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha, ha publicado este viernes una resolución por la que se establece el Sistema de Integridad de la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha. La resolución tendrá efectos a los veinte días contados desde el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla-La Mancha.
El sistema de integridad que se establece en la Cámara de Cuentas está inspirado en la Recomendación del Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre Integridad Pública, que determina que el sistema debe incorporar no sólo Códigos Éticos, sino también instrumentos de difusión y formación en valores éticos, canales de consulta sobre dilemas éticos, órganos de garantía y, finalmente un sistema de evaluación y seguimiento propio del sistema.

Por tanto, con la aprobación del sistema de integridad de la Cámara de Cuentas se desarrolla una política de carácter integral que, junto a las actuaciones ya puestas en marcha en materia de transparencia ponen de manifiesto su firme compromiso con el cumplimiento de los valores y principios que aseguren que el comportamiento de los responsables y gestores públicos se ajusta a los más exigentes estándares de integridad en la gestión de los fondos públicos, así como el de fomentar las buenas prácticas administrativas, contables y financieras, que incidan en la prevención y detección del fraude, de manera que hagan de esta institución un referente que asegure que el comportamiento de sus empleados y los gestores públicos se ajusta a los más exigentes estándares de integridad en la gestión de los fondos públicos.

El Sistema que se aprueba incluye un Código Ético y de Conducta como elemento central del mismo, ya que en él se recogen los valores, principios y normas de conducta a los que deberán ajustar su actuación todo el personal empleado público de esta institución.

Además, el Sistema incorpora la instauración de canales de comunicación para garantizar la efectividad del Código y de las infracciones y de lucha contra la corrupción. En concreto, contempla la puesta en funcionamiento de dos buzones informáticos: uno, es el 'buzón de consultas y sugerencias en materia de integridad' a través del cual se pueden plantear dudas sugerencias, consultas, quejas o dilemas éticos o de comunicaciones no éticas, y otro, es el 'buzón de denuncias' que se articula en aplicación de la obligación introducida por la Ley Reguladora de la Protección de las Personas que Informen sobre Infracciones Normativas y de lucha contra la Corrupción.

Se incluyen también medidas de difusión y formación que permitan transmitir y enseñar los valores, principios y normas de conducta que conforman el Sistema, para que sus destinatarios las conozcan, interioricen y sientan como propias.

En cuanto al establecimiento de mecanismos de autorregulación dentro del sector privado, tendentes a evitar prácticas irregulares o fraudulentas, por parte de empresas licitadoras o adjudicatarias de contratos con la Cámara de Cuentas, se establece una cláusula tipo que incluye obligaciones en materia de integridad y transparencia a incluir en los pliegos de cláusulas administrativas particulares de las licitaciones que se vayan a realizar.

Se crea un órgano de garantía, para que evalúe la aplicabilidad del Código y del funcionamiento del Sistema en su conjunto, que mida la evolución del clima ético de la institución y cuyos resultados sirvan de base para su revisión, en orden a su continua mejora.

Por último, con la finalidad de asegurar el conocimiento del Sistema por todo el personal de la Cámara de Cuentas, fortaleciéndose así su efectividad, se prevé un sistema de adhesión individual.

CÓDIGO ÉTICO Y DE CONDUCTA

En otra resolución, la Cámara de Cuentas ha aprobado su Código de Conducta y de la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha, que igualmente entrará en vigor a los veinte días contados desde el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla-La Mancha.

Según se detalla en la resolución, el Código es un documento vivo, dinámico, de manera que los estándares con los que nace son sólo un punto de partida, de ahí que pueda, y deba, adaptarse progresivamente a las exigencias del entorno dada la naturaleza evolutiva de esos principios y valores y la interpretación que se vaya realizando por el la Comisión de Integridad, órgano al que se le encomienda su aplicación e interpretación.

SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN

En una tercera resolución, la Cámara establece el sistema interno de información de la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha que entrará en vigor al mismo tiempo que los dos anteriores.

El Sistema interno de información se concibe como el cauce preferente para la recepción de la información de las infracciones obtenidas en el contexto laboral o profesional de la Cámara de Cuentas al considerarse que se atenderá de manera más diligente y rápida, si la posible irregularidad se conoce en primer lugar en el seno de la propia organización.

No obstante, aunque se habilita con carácter preferente este Sistema interno de información, se prevé que la persona informante pueda elegir el cauce a seguir, interno o externo, según las circunstancias y los riesgos que considere.

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