Así consta en la resolución de dicha viceconsejería que publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha en su edición de este jueves y recoge Europa Press, en la que se indica que el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 3 de enero de 2022 y finalizará el 31 de diciembre del mismo año, si bien la concesión de las ayudas estará sujeta, en todo caso, a la existencia de consignación presupuestaria para hacer frente al coste de las mismas en cada ejercicio presupuestario.
Las solicitudes podrán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, debidamente firmado de forma electrónica, que quedará anotado en el registro electrónico.
Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la persona solicitante se dará de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
También podrán solicitarse en el registro de los servicios centrales de la Consejería de Bienestar Social o en el de sus delegaciones provinciales, así como en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Podrán concurrir a la convocatoria de estas ayudas las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.