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LOS TRIBUNALES FALLAN QUE NO HUBO FINANCIACIÓN ILEGAL DEL PP EN CLM

LOS TRIBUNALES FALLAN QUE NO HUBO FINANCIACIÓN ILEGAL DEL PP EN CLM

miércoles 07 de junio de 2017, 10:05h

No hay caso. No hay financiación ilegal del PP en Castilla-La Mancha, no hay cohecho, no hay prevaricación. Esa es la conclusión de los tribunales que han sobreseído la causa y han desestimado el recurso interpuesto por Izquierda Unida, Federación los Verdes, Ecologista en Acción y Asociación Libre de Abogados, personados en el procedimiento. La causa trataba de determinar si el Partido Popular de Castilla-La Mancha había recibido 200.000 euros para financiar su campaña electoral en 2007 como comisión por la adjudicación del contrato de basuras del ayuntamiento de Toledo a la empresa Sufi y los posibles delitos asociados a esos hechos.

La causa llegó a los tribunales de Toledo tras la inhibición en 2015 de la Audiencia Nacional. El juzgado de instrucción número 3 de Toledo, que era el competente para delimitar si hubo una serie de delitos en la concesión del contrato de basuras, dispone el sobreseimiento en una resolución ampliamente fundamentada jurídicamente a lo largo de veinte folios en los que estudia los hechos y uno a uno lo los posibles delitos, su tipificación en el Código Penal y la fundada doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo sobre cada uno de ellos.

Respecto al delito de financiación ilegal y el de cohecho la resolución judicial determina, tras las diligencias practicadas, que no queda acreditado la entrega de dinero alguno, y recuerda en el caso del cohecho para que se pueda apreciar el delito además de acreditar la entrega a un funcionario público es imprescindible que se acredite la relación causal y la vinculación entre la dádiva y las funciones o el cargo. Además, menciona expresamente que el delito de financiación no estaba tipificado en la fecha de los hechos investigados.

Además, sobre una posible prevaricación administrativa, el juzgado infiere que en la conducta de los integrantes de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo, que concedió el contrato investigados, “no concurre ni el elemento subjetivo del injusto (el dolo de vulnerar el derecho aplicable), ni el objetivo, concerniente a la supuesta ilegalidad y arbitrariedad de la resolución administrativa, en la medida en que el resultado concreto que suponía la resolución aprobada el 23 de mayo de 2007 fue ratificada implícitamente por la Junta de Gobierno que se constituyó con posterioridad a las elecciones municipales que tuvieron lugar en mayo de 2007”. Tras esas elecciones accedió el alcalde y presidente de la Junta de Gobierno Emiliano García-Page.

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