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Logisfashion deberá pagar cinco días más por año a sus 500 operarios de almacén de Ontígola y Toledo por una sentencia judicial

Logisfashion deberá pagar cinco días más por año a sus 500 operarios de almacén de Ontígola y Toledo por una sentencia judicial

jueves 10 de noviembre de 2022, 11:32h

El TSJ-CLM ha dado la razón a CCOO y ha ordenado a Logisfashion pagar cinco días más por año, y seis los bisiestos, a todo su personal de almacén de Ontígola y Toledo, con efectos desde la apertura de ambos centros de trabajo. La sentencia abre la puerta que el resto de las compañías abonene las retribuciones diarias y no por meses de 30 días

La sentencia del TSJ-CLM rechaza el recurso de la empresa logística contra la ya ganada por CCOO en el juzgado de lo Social de Toledo, que declaró el derecho de los/as trabajadores/as de los grupos III y IV “a percibir el salario diario conforme a las tablas salariales del convenio colectivo de aplicación”, el provincial del Transporte por carretera y la Logística de Toledo.

Este convenio establece para los grupos III (personal de movimientos) y IV (personal de servicios auxiliares) de las empresas del sector logístico una remuneración salarial diaria; pero desde que se instaló en la provincia de Toledo en 2019, Logisfashion viene realizándoles las nóminas basándose en retribuciones mensuales, de 30 días por mes.

Así, estos trabajadores y trabajadoras -que superan el medio millar, más del 90% de las plantillas de Logisfashion en Ontígola y Toledo- vienen sufriendo una “merma salarial” de cinco días cada año (seis en 2020, que fue bisiesto), como ya advirtió en su momento CCOO a la empresa logística, sin que su dirección aceptara rectificar su proceder ilegal.

El 16 de junio de 2020, CCOO instó mediación previa a la interposición de conflicto colectivo, que se celebró sin acuerdo; por lo que el sindicato interpuso la correspondiente demanda ante la jurisdicción de lo Social.

El pasado mes de abril, el juzgado de lo Social nº 1 de Toledo dio la razón a CCOO y condenó a Logisfashion “al abono a los/as trabajadores/as afectados/as por el conflicto colectivo de los cinco días mermados en 2019 y en el 2020 (seis) y reintegro de los descuentos económicos y retributivos ocasionados” por la práctica de la empresa de aplicar a estas personas la retribución mensual de sus salarios, en vez de la retribución diaria que marca el convenio.

Logisfashion recurrió la sentencia. Ahora, la sala de Lo Social dl TSJ-CLM ha desestimado íntegramente el recurso de la compañía y ha ratificado la sentencia del juzgado de instancia.

“Aunque aún le cabe a Logisfashion recurrir en casación ante el Tribunal Supremo, la sentencia del TSJ-CLM resulta impecable y no hay ninguna otra sentencia contradictoria. Instamos a la empresa a no demorar más el abono de los atrasos que lleva acumulados desde 2019 y a pagar en lo sucesivo como debe a sus trabajadores/as de los grupos III y IV”, señala Mamen Trujillo, responsable del Sector Logístico de CCOO-FSC de Toledo.

“Hay que subrayar, además, que tal y como indica el TSJ-CLM, la sentencia del juzgado de lo Social de Toledo, ‘tiene carácter normativo y declarativo’. Esto significa, por un lado, que no se le dice a Logisfashion lo que debe pagar de atrasos a cada trabajador/a de los grupos III y IV, cuantía que dependerá de la antigüedad de cada uno de ellos/as. A este respecto, pedimos a la empresa que realice las cuentas correspondientes y las coteje y verifique con CCOO. Nuestros delegados en Logisfashion ya están revisando los TC de las personas afectadas”

Por otro lado, recalca Trujillo, “la sentencia deja claro que todas las empresas logísticas de Toledo deben aplicar a sus trabajadores/as de los grupos III y IV la retribución diaria que establece el convenio colectivo”

“Nos consta, sin embargo, que hay otras plataformas logísticas en la provincia que están incurriendo en la misma práctica que Logisfashion de hacer a este personal cuentas mensuales. Llamamos a todos y todas los/as posibles afectados/as a ponerse en contacto con CCOO; para reclamar a sus empresas que les repongan las mermas salariales que puedan haberles ocasionado y para que en lo sucesivo les abonen sus salarios como deben”

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