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Sentencia del TSJCM: La trabajadora de una gran empresa de Toledo que montó un centro de uñas estando de baja y le hizo la manicura al detective
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Sentencia del TSJCM: La trabajadora de una gran empresa de Toledo que montó un centro de uñas estando de baja y le hizo la manicura al detective

Por CLM21
miércoles 10 de abril de 2024, 12:56h
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha publicado la sentencia 14/2024 del 11 de enero en la que declara procedente el despido de una trabajadora de una gran empresa de Toledo que, mientras estaba de baja, aprovechó para abrir su propio negocio de cuidado de uñas.
Según se ha hecho eco la publicación jurídica Confilegal, la trabajadora formaba parte de la plantilla de Schreiber Foods España, una empresa dedicada a la elaboración de productos lácteos más conocida por ser el fabricante de yogures de Mercadona y con sede en Noblejas (Toledo). En la fábrica de la compañía, la trabajadora, que llevaba en plantilla desde 2003, ostentaba un cargo de control final de la producción, estando entre sus funciones el controlar que el envasado, etiquetado y sellado se produjese de forma correcta.

En diciembre de 2022, mientras se encontraba de baja desde un me santes por dolores musculares, la trabajadora recibió su carta de despido por parte de Schreiber Foods, por “transgresión de la buena fe contractual y por utilizar su situación de incapacidad temporal declarada por un médico para realizar tareas laborales en otra entidad”.

En este punto es determinante el testimonio de un detective privado que la compañía contrató ante la sospecha de que la trabajadora no estaba cumpliendo con las condiciones de su baja. Fue este detective quien comprobó a través de Instagram que la trabajadora gestionaba la cuenta de un negocio de próxima apertura.

Para despejar las dudas, el detective llegó a personarse en el local del negocio de manicura, donde fue atendido por la investigada, que de hecho le recomendó formación para la elaboración del diseño de uñas acrílicas e, incluso, días más tarde ella misma le realizó un servicio de manicura en el local, que el detective pago.

Todos estos hallazgos llevaron a la empresa a finalizar la relación laboral con la trabajadora, que no conforme con el despido, decidió impugnarlo en los tribunales alegando que la verdadera motivación del despido eran las diferentes situaciones de incapacidad temporal que había padecido a lo largo de su relación laboral, entre las que se encontraba su reciente maternidad, así como que no estaba llevando a cabo ninguna actividad incompatible con su baja médica porque su dolencia se centraba en el coxis y que lo único que hacía en el salón de belleza era estar sentada con un cojín.

El Juzgado de lo Social Nº4 de Toledo no le dio la razón, por lo que presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

FInalmente, la sentencia del TSJ de Castilla-La Mancha, que firman los magistrados José Montiel, María Isabel Serrano y Ethel Honrubi, recuerda que su patología no derivaba de una lesión en el coxis porque el parte de baja se expidió por dolores musculares y no óseos. El problema en el coxis fue antes de la baja.

Tal y como explican los magistrados, el puesto de la trabajadora en su trabajo habitual consistía en el control final de la producción. «Si ponemos en relación los requerimientos que implican esta actividad con los propios de la actividad dentro de un centro de formación y cuidado de uñas, cabe entender, como señala la sentencia, que o bien habría simulado una dolencia muscular para obtener una baja médica a fin de abrir la academia que había constituido, o al menos habría desarrollado actividades incompatibles con la situación de incapacidad temporal».

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