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Duro revés judicial a la política de comunicación del gobierno de García-Page
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Duro revés judicial a la política de comunicación del gobierno de García-Page

lunes 07 de mayo de 2018, 00:01h

Fuerte varapalo judicial a la política de comunicación del gobierno regional del presidente García-Page y a los directores generales de Comunicación y de Promoción Institucional por el uso de los medios públicos para hacer publicidad en beneficio del gobierno y de su presidente en contraposición al interés general. En una sentencia, el Tribunal Superior de Justicia falla “contra la actuación material constitutiva de vía de hecho consistente en la publicación institucional reiterada, bajo la cuenta oficial de Twitter del Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con el perfil @gobjccm, de tuiters cuyo contenido de logros se atribuye personalmente a D. Emiliano García Page, con la utilización del hashtag#PAGECUMPLE”. El fallo determina que no son conforme a derecho estas actuaciones y ordena el cese inmediato.

La sentencia, con una fuerte carga jurídica y muy elaborada y fundamentada por los magistrados de la sección 1ª de la sala de lo contenciosos-administrativo y de la que ha sido ponente Eulalia Martínez López es pionera en cuanto aborda el empleo de redes sociales como medio de información y publicidad por parte de un gobierno.

El Tribunal Superior de Justicia recuerda que “La publicidad y comunicación institucional deben estar al estricto servicio de las necesidades e intereses de los ciudadanos, facilitar el ejercicio de sus derechos y promover el cumplimiento de sus deberes, v no deben perseguir objetivos inadecuados al buen uso de los fondos públicos"

El dictamen judicial ha sido bien acogido en el sector de la información en la medida que distingue información de publicidad y obliga al ejecutivo a ser neutral en sus políticas de comunicación y en el uso de los medios públicos.

La sentencia tiene su origen en un recurso de los diputados del Grupo Popular de las Cortes de Castilla-la Mancha, Francisco Cañizares y Carlos Velázquez.

El Tribunal parte de que ninguna actividad administrativa puede sustraerse del control jurisdiccional como pretendía el gobierno regional en su contestación al recurso.

La sentencia se fundamenta en la Ley de Publicidad y Comunicación Institucional, que dispone que “No se podrán promover o contratar campañas institucionales de publicidad y de comunicación: Que tengan como finalidad destacar los logros de gestión o los objetivos alcanzados por los sujetos mencionados en el artículo 1 de esta Ley. (...).”

El TSJ dice que “Debe ser un principio fundamental de la actividad comunicativa del Gobierno, a través de campañas institucionales, desligar la opinión política de la información veraz y neutral sobre sus políticas públicas”

Entienden los magistrados que las comunicaciones por redes sociales, dado que son campañas y publicidad institucional están incluidas en la ley y afectadas por la misma. En la sentencia se dice literalmente que “el hashtag, #PAGECUMPLE, alude expresamente a la persona de D. Emiliano García Page, Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, no cabe duda que nos encontramos ante uno de los órganos -el máximo- de la Administración regional, y, a la utilización de este hashtag, indudablemente, le alcanza la prohibición del artículo 4 de la Ley 29/2005, de 29 de diciembre, que en su Exposición de Motivos, en lo que aquí interesa, dice: “(…) La dualidad entre la naturaleza política v ejecutiva de la acción gubernamental debe mantenerse en esferas comunicativas separadas. La valoración, el juicio y la información de carácter político tienen sus propios cauces y no deben mezclarse con la actividad comunicativa que, ordenada y orientada a la difusión de un mensaje común, emprende la Administración para dar a conocer a los ciudadanos los servicios que presta v las actividades que desarrolla. Debe ser un principio fundamental de la actividad comunicativa del Gobierno, a través de campañas institucionales, desligar la opinión política de la información veraz y neutral sobre sus políticas públicas. La publicidad y comunicación institucional deben estar al estricto servicio de las necesidades e intereses de los ciudadanos, facilitar el ejercicio de sus derechos y promover el cumplimiento de sus deberes, v no deben perseguir objetivos inadecuados al buen uso de los fondos públicos”.

La sentencia se refiere al uso de las redes sociales y concluye que “el #PAGECUMPLE, tiene la finalidad exaltar sus logros personales, siendo así que como quiera que la visibilidad de los hashtags depende de la configuración de privacidad de la cuenta, esto es, si un usuario utiliza una etiqueta y su cuenta de Twitter es privada, sólo los autorizados para ver sus tuits tendrán acceso a sus hashtags, de tal suerte que tal como se ha hecho en el perfil institucional de Twitter del Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que utilizan el hashtag #PAGECUMPLE, lo que supone la introducción automática de un hipervínculo que relaciona el tuit publicado con todos aquellos que usen de igual forma el mismo hashtag”.

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