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ERTES, IMV… La pandemia pone al descubierto el naufragio de la administración electrónica española
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ERTES, IMV… La pandemia pone al descubierto el naufragio de la administración electrónica española

  • El Plan de Digitalización de la Administración iniciado en 2015 debería estar plenamente operativo en 2020, según su calendario de implantación
  • En 2007 se reguló el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos

martes 28 de julio de 2020, 21:21h
Es el vuelva usted mañana, en versión 2.0. Programas obsoletos, requisitos técnicos prehistóricos, contactos sin nadie al otro lado, información deficiente o inexistente, teléfonos como “plan b” que nadie descuelga. La pandemia ha dejado en evidencia el fiasco del Plan de Transformación digital de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, cuyo horizonte temporal era hasta 2020. Entre los casos más sonados, primero fue el SEPE, con los ERTES. Luego, la Seguridad Social, con el ingreso mínimo vital. En la administración de Justicia, los colectivos se quejan una y otra vez del funcionamiento del programa electrónico por el que se deben tramitar los procedimientos. Lo del sistema Red de la Seguridad Social también recibe las quejas de los usuarios (los empleadores o sus colaboradores). Lo único que funciona medianamente bien es lo de siempre, Hacienda y Tráfico, cuya digitalización va asociada a recaudación fiscal.
El proyecto de digitalización de las administraciones públicas entró en su recta final en 2015, con las leyes 39 y 40 (del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la primera, y de Régimen Jurídico del Sector Público, la segunda). Se enmarcaba dentro de la Agenda Digital para España aprobada en 2013.

No sólo era una cuestión de normalidad, sino de optimizar los recursos, en un momento en el que la crisis había provocado los recortes de personal en las administraciones públicas. La era digital venía a solucionar parte de ese déficit. Llegaba de la mano de la estrategia TIC (Tecnología de la Información y la Comunicación), que incorporaba las recomendaciones de la OCDE. El Plan ya tenía como primer objetivo el “incremento de la productividad y eficacia en el funcionamiento interno de la Administración” y como tercero la “mayor eficiencia en la prestación de los servicios TIC en el seno de la Administración”.

El plan ya contemplaba el teletrabajo de los funcionarios como pilar fundamental de la línea de acción de “desarrollo del puesto de trabajo digital”. Casi cinco años después, se ha constatado que el avance que se ha producido en materia de digitalización ha estado más dirigido hacia la administración que hacia el administrado, que, en muchas ocasiones debe ser un consumado experto tecnológico para poder realizar sus trámites por la ventanilla electrónica, y realizar unos trámites electrónicos que, en muchos casos, han pasado de ser voluntarios a obligatorios. Todo ello en un país, donde en numerosos núcleos de población, existe una carencia de infraestructura para poder mantener una mínima conexión a internet, la ventanilla a través de la que hay que relacionarse, como poco para pedir cita previa para ser atendido por algunos de los organismos de las administraciones general, autonómica, local o de la Seguridad Social.

Hace un año, la consultora Ernst & Young en un estudio realizado en las administraciones autonómicas y locales (las 17 Comunidades, 52 Diputaciones y 17 Ayuntamientos) advertía que “ninguna de las administraciones públicas analizadas cumple con la totalidad de los requerimientos extraídos del articulado de las Leyes 39 y 40 / 2015. Hay que tener en cuenta que la moratoria aprobada en septiembre de 2018 afecta a los siguientes requerimientos, que entrarán en vigor en 2020: registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la administración y archivo único electrónico”.

La consultora señalaba que las temáticas en las cuales las administraciones públicas analizadas “deben realizar mayores esfuerzos son: comunicaciones y notificaciones a la ciudadanía, representación y registro electrónico”.

El estudio también ponía al descubierto que en ocasiones, la implantación de la administración digital “se ha realizado sin ningún tipo de orden, lógica o estrategia clara”.

Existen, tal y como ponía de relieve la consultora, argumentos de peso para implantar la administración digital en el sector público, como cumplir con los plazos establecidos, facilitar la total transparencia, mejorar la atención al ciudadano o alcanzar la excelencia en la prestación de servicios fomentando la proactividad en la administración pública. Pero ya E&Y ponía de relieve que teniendo en cuenta los resultados obtenidos en este primer informe se concluye que todas las administraciones necesitan definir un Plan de Transformación Digital o reforzarlo, con el fin de disponer de una estrategia digital que incluya una hoja de ruta en este proceso y un dimensionamiento de los recursos que deberán destinarse para tal fin”.

La pandemia ha puesto en evidencia que un año después, en la Administración General del Estado ese proceso todavía no se ha llevado a cabo y las consecuencias las han sufrido los administrados, sin que exista ninguna penalización para la administración (la vía inversa de penalización al administrado funciona siempre). Y esas carencias se han dejado sentir en materias sensibles y de gran trascendencia social como el cobro de los subsidios por regulación temporal de empleo o del ingreso mínimo vital.

Trece años después de la ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, (en la que, por cierto, ya se hacía referencia al teletrabajo en la Administración General del Estado), el sistema ha demostrado sus grandes lagunas. Una de ellas ha sido la de “proporcionar asistencia a los usuarios en el uso de los servicios públicos digitales, vía chat, mail o teléfono”.

De hecho, el Plan de Transformación Digital de la Administración General del estado y sus Organismos Públicos contemplaba que en 2020 el 100% de los servicios públicos podrán ser accedidos vía móvil siempre que sea funcionalmente adaptables y establecía que ya en 2017 “todas las oficinas de atención al ciudadano podrán ofrecer la asistencia necesaria a los ciudadanos para el uso de servicios públicos digitales”.
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