www.clm21.es
LO QUE SIGNIFICA LA PRÓRROGA DE PRESUPUESTOS A EFECTOS PRÁCTICOS
Ampliar

LO QUE SIGNIFICA LA PRÓRROGA DE PRESUPUESTOS A EFECTOS PRÁCTICOS

lunes 10 de abril de 2017, 22:49h

Más allá del debate político, los economistas consideran que el mantenimiento de la prórroga presupuestaria puede afectar a la economía regional, a la cohesión social, al tejido productivo y al equilibrio entre territorios. Está por evaluar el impacto en los objetivos fiscales de déficit, aunque en principio se estima que puede ser positivo al reducirse el gasto, pero el resultado final depende del comportamiento de los ingresos.

Pero qué supone prorrogar el presupuesto en vez de contar con uno nuevo. En materia de ingresos se consideran prorrogadas para 2017 las previsiones contempladas en la ley de 2016. Como quiera que existe una mayor previsión de entregas a cuenta por parte del Estado, se dispone ya de ingresos adicionales lo cual, si se mantienen las previsiones respectos a tributos propios, puede beneficiar al objetivo del déficit.

En virtud del artículo 38 de la Ley General Presupuestaria no se pueden prorrogar los créditos para gastos de programas o actividades que hayan finalizado en 2016. Además, el Gobierno no tiene capacidad para decidir nuevos gastos.

Así, en materia de personal solo se pueden cubrir económicamente las plazas dotadas y ocupadas a 31 de diciembre de 2016, por tanto, no se puede ampliar plantilla, salvo que el proceso se hubiese iniciado en 2016. Tampoco puede aprobarse una oferta pública de empleo para 2017. Además existe una garantía retributiva por la que los sueldos de los empleados públicos se incrementarán en el mismo porcentaje que autorice la normativa básica del Estado

No se pueden ampliar plantillas, no se pueden acometer nuevas inversiones ni autorizar ampliaciones de créditos

En cuanto a las inversiones, sólo pueden acometerse los compromisos de carácter plurianual adquiridos en ejercicios anteriores y las obligaciones derivadas de compromisos de gastos debidamente adquiridos en 2016, los expedientes que hubiesen sido tramitados de forma anticipada y las partidas finalistas. De ahí que los órganos de intervención tengan que extremar su actividad supervisora y de fiscalización interna para evitar que, por ejemplo, en la secretaría General de Presidencia se puedan producir autorizaciones para la adquisición de material de transporte, si ese crédito no estaba consignado inicialmente, es decir, si la partida inicial de 2016 era de cero euros y no existía acuerdo o compromiso firme anterior.

De hecho, la Intervención General del Estado sostiene en una interpretación muy restrictiva que todas las inversiones en cuanto gastos de capital están excluidas de la prórroga. No obstante, el gobierno regional en el decreto de prórroga sostiene la vigencia de los compromisos plurianuales, de las obligaciones reconocidos y de los convenios previos.

Con respecto a los compromisos plurianuales con anualidad para 2017 y de los expedientes de gasto de tramitación anticipada, el decreto de prórroga contempla que la consejería competente en materia de Hacienda efectuará reservas de crédito por los importes que correspondan al ejercicio 2017. Y en el caso de que en el presupuesto prorrogado no haya crédito o éste sea insuficiente para efectuar algunas de las reservas, el gobierno debe tramitar las modificaciones presupuestarias necesarias con el fin de poder asumir todos los compromisos, o bien proponer la modificación de los expedientes de compromisos de gasto vigentes que haya que ajustar.

En cuanto a las subvenciones de carácter nominativo, por ejemplo, la de la Universidad, la del ente público de la radio y la televisión de Castilla-La Mancha o el de otros entes instrumentales, estas se prorrogan en la medida que tienen por objeto financiar actividades de interés público con vocación de permanencia. Lo que no puede hacerse ni por modificaciones presupuestarias es aumentar esas partidas respecto al presupuesto de 2016, con lo que los entes instrumentales tales deben ajustar sus respectivos presupuestos de gastos. De hecho, el decreto contempla que “durante el periodo de la prórroga presupuestaria no se autorizarán ampliaciones de crédito, salvo de aquellos destinados al pago de las obligaciones derivadas del cumplimiento de sentencias judiciales firmes, incluidos los intereses de demora”.

Los gastos finalistas se pueden acometer en la medida que se haya producido el ingreso o en el caso de ayudas de carácter personal o social, cuando se acredite el compromiso de financiación por parte de la administración o entidad que transfiere los fondos.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios