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La Junta deberá rebajar los plazos de pago a proveedores o pagarles intereses de demora
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La Junta deberá rebajar los plazos de pago a proveedores o pagarles intereses de demora

jueves 11 de enero de 2018, 11:03h

Se acabaron las trampas en el solitario. Los plazos de pago a proveedores por las administraciones públicas españolas, incluidas las Comunidades Autónomas, deberán computarse conforme a la ley de morosidad, es decir, en días naturales y por tanto la administraciones públicas españolas deberán pagar en menos de 30 días naturales. A partir de esa fecha, los proveedores podrán exigirles intereses de demora. La medida ha sido adoptada por el gobierno central, tras las advertencias de la Unión Europea, que tiene a nuestro país bajo vigilancia por el Procedimiento de Déficit Excesivo y que se ha hecho eco de las quejas presentadas por varias asociaciones españolas contra la morosidad.

Clm21.es siempre ha recogido en sus informaciones sobre el Periodo Medio de Pago el hecho de que la Junta de Comunidades y el resto de administraciones empezaran a contar este periodo medio de pago a partir del día 30 desde que el proveedor presentó la factura por sus servicios, o los contratistas las certificaciones de obra, aunque la ley contra la morosidad establece que los pagos deberán hacerse dentro de los 30 días siguientes a la presentación de la factura.

Según la normativa de morosidad, las únicas regiones españolas que estarían pagando en plazo serían País Vasco y Navarra. Castilla-La Mancha, cuyo gobierno se ufana de pagar en 6,76 días (septiembre) y 8,31 días (octubre), realmente está incumpliendo la ley de morosidad y pagando a 36,76 días en septiembre o a 38,31 días en octubre y debería abonar intereses a sus proveedores.

La normativa contra la morosidad establece ese plazo de 30 días para las administraciones públicas y de 60 días para las empresas privadas. La norma aprobada en 2012 vino a tratar de poner orden dentro del mapa español de relaciones comerciales y financieras en pleno proceso de crisis económica. Tanto las administraciones como algunas empresas acudían a la dilación del pago a sus proveedores como un sistema de financiación sin tener que acudir al crédito. Esta situación provocó el cierre de muchas compañías y el cese de actividad de muchos autónomos que no cobraban su facturas, lo que les dejaba sin fondos para proseguir su actividad. En Castilla-La Mancha cuando el Partido Popular accedió al gobierno se encontró que el problema era de magnitudes extraordinarias, la Junta debía a sus proveedores más de 4.000 millones de euros.

El Ministerio tuvo que acudir al rescate de la Comunidad mediante sistemas extraordinarios de financiación para dotarla de liquidez y que pudiera atender la deuda heredada del anterior gobierno socialista. Esos mecanismos se extendieron al resto de regiones españolas, que con la caída de ingresos por la crisis habían empezado a acumular las facturas de proveedores. La situación llevó al Ministerio a regular y controlar el sistema de pago a proveedores de todas las administraciones públicas.

Con posterioridad, la administración trató de suavizar la norma sobre morosidad aplicando una interpretación económica y de cálculo de los periodos de pago y de operaciones pagadas y pendientes de pago, mediante una serie de fórmulas matemáticas y tomando como referencia un plazo burocrático de 30 días desde que se presentaba la factura o la certificación para empezar a contar el plazo. Este sistema permitía que algunas administraciones tuvieran un periodo de pago negativo. Estas eran las que pagaban en menos de 30 días, es decir, según la norma de morosidad. Y en el caso de las Comunidades son País Vasco y Navarra.

A futuro, la adaptación al plazo legal de 30 días viene a complicar la situación financiera de la Junta, de por sí muy delicada. Además, la medida llega en el año previo a las elecciones en el que se trata de dar contento a todos los colectivos. Un año, además, con un crecimiento presupuestario no financiero moderado, del 2,7%, con el que tratar de controlar el objetivo de déficit, que no puede sobrepasar el 4% del PIB.

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