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Foto: Tribunal Supremo (Facebook C.G.P.J.)
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Foto: Tribunal Supremo (Facebook C.G.P.J.)

Los bancos deberán asumir las costas en los procesos de nulidad de cláusulas suelo

viernes 07 de julio de 2017, 10:23h
Esta es la resolución que ha adoptado el Tribunal Supremo, por la cual establece que la imposición de costas en los procedimientos de nulidad de cláusulas suelo en hipotecas deben ser asumida también por los bancos y no por los consumidores.

La resolución será aplicable tanto en las reclamaciones en primera instancia como en los procesos de apelación.

El Tribunal Supremo considera en la ponencia correspondiente a dicha resolución que, en caso contrario, se puede producir un efecto disuasorio ya que, si se hace pagar al consumidor los gastos derivados de su defensa y representación jurídica, aunque gane el juicio, no se restablecen "la situación de hecho y de derecho a la que se habría dado si no hubiera existido cláusula abusiva, y por tanto el consumidor no quedaría indemne".

Esto es que, pese a que el consumidor logre una victoria frente a la entidad bancaria, el simple hecho de tener que asumir las costas podría no compensar con respecto al montante de la devolución de la cláusula suelo, lo que llevaría a muchos consumidores a evitar reclamar en el caso de reclamar cantidades moderadas.

La resolución surge a resultas de la sentencia adoptada por el Tribunal Supremo este jueves, en la que otorga la razón a un cliente afectado por las cláusulas suelo de La Caixa, y está respaldada por el voto particular de tres magistrados.

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