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Los funcionarios se quedan sin la subida variable de su sueldo en 2020, al no llegar el PIB al 2,1%
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Los funcionarios se quedan sin la subida variable de su sueldo en 2020, al no llegar el PIB al 2,1%

  • l crecimiento del 2% ahorra al gobierno central y a las autonomías 330 millones de euros, que habrían tenido que pagar en revisión salarial a sus empleados

viernes 31 de enero de 2020, 11:48h
El crecimiento del Producto Interior Bruto el año pasado dejó la riqueza nacional en 1,244 billones de euros. Esta cifra es un 3,5% superior a la de 2018, porcentaje que una vez deflactado, se queda en el 2% de crecimiento neto.
Tanto esta cifra de valores absolutos (1,244 billones de euros), como la del volumen neto de variación porcentual (2%) tienen su repercusión en todas aquellas variaciones económicas referenciadas al PIB. Así el acuerdo salarial de los sindicatos establecía que si el PIB llegaba o rebasaba el 2,1%, los empleados públicos recibirían una subida añadida de tres décimas. Si en la revisión posterior que haga el INE, el crecimiento no llega a ese 2,1%, las administraciones central y autonómicas se ahorrarán 330 millones de euros, de ellos casi 12 en Castilla-La Mancha.

También dos de las tres reglas fiscales, déficit y deuda están referenciados al PIB. En la medida que más crezca el PIB, menor esfuerzo tienen que hacer las administraciones públicas para cumplir sus obligaciones de déficit y endeudamiento. Hay que tener en cuenta que España va a incumplir el límite de deuda establecido para 2020 en el 60% del PIB, y que es superado con amplitud, hasta el punto que supera el 95%.

Este hecho es el que lleva a las autoridades de Bruselas a pedir al gobierno de España que reduzca su déficit estructural, lo que le permitiría rebajar sus necesidades de financiación y no tener que acudir a los mercados a obtener dinero prestado. Unos préstamos que sólo en intereses le habían costado a las arcas públicas casi 25.000 millones de euros. Además los dos grandes partidos pactaron una reforma constitucional en 2011 por el que se modificaba el artículo 135 y se daba prioridad al pago de la deuda sobre cualquier otro.
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